"Recursos Naturales y Gestión del Riesgo en Nicaragua"


"Recursos Naturales y Gestión del Riesgo en Nicaragua"



LEY DE REFORMA A LA LEY No . 337 “LEY CREADORA DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES” Artículo primero: Reformas Refórmese el numeral 1 del artículo 3, el artículo 7, el cuarto párrafo del artículo 8, el párrafo final del artículo 13, la denominación del Capítulo III, los artículos 14 y 15 y el primer párrafo del artículo 30, de la Ley No . 337, “Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No . 70 del 7 de abril del año 2000; los que se leerán así: Presentación Prezi Ley 337. (Dar clic en el enlace)


FENÓMENOS NATURALES QUE IMPACTAN EL TERRITORIO NACIONAL.

El fenómeno natural se refiere a un cambio que se produce en la naturaleza por sí solo. Son los procesos permanentes de movimientos y de transformaciones que sufre la naturaleza. A veces se forman daños que suceden cuando se ha realizado una ocupación inadecuada del territorio. Estos pueden influir en la vida humana (epidemias, condiciones climáticas, desastres naturales, etc.). Existen diversos tipos de fenómenos naturales, como los fenómenos generados por el clima. En el lenguaje informal, fenómeno natural aparece casi como sinónimo de acontecimiento inusual, sorprendente o bajo la desastrosa perspectiva humana. Sin embargo, la formación de una gota de lluvia es un fenómeno natural de la misma manera que un huracán. Esta expresión también se refiere, en general, a los peligrosos fenómenos naturales también mal llamados "desastres naturales". La lluvia, por ejemplo, no es en sí un "desastre", pero puede ser así dependiendo de la perspectiva humana, si ciertas condiciones se reúnen. La mala planificación urbana, con la construcción de estructuras en lugares vulnerables a inundaciones u otras personas puede causar efectos desastrosos para el medio ambiente y los seres humanos.

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